En un auto emitido por el Juzgado de Familia de León, se le da la razón a un padre que quería escolarizar a su hijo de cinco años, frente a la decisión de la madre, que no quería llevarle al colegio por temor a que se contagiarse de Covid-19.
El Juzgado entiende, en sintonía con el Ministerio Fiscal que actúa en interés del menor y subraya que aunque “la facultad de decisión ha de atribuirse al padre”, “el derecho a la educación es del menor y no del padre ni de la madre”. El tribunal apunta, también que “un niño a esa edad más que aprender va al colegio a socializarse y eso no puede hacerse con la madre y los abuelos maternos, los cuales atendiendo a las circunstancias expuestas no están exentos del riesgo de contagio de la enfermedad”.