El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por unanimidad la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en relación al artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social de Cataluña.
El Tribunal Supremo plantea que el citado precepto podría suponer una vulneración de los artículos 9.3, 14 y subsidiariamente, 117.3 de la Constitución Española.
El Pleno ha acordado comunicar la decisión a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo para que, de conformidad con el artículo 35.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, permanezca suspendido el proceso hasta que se resuelva definitivamente la cuestión.
También se ha aprobado la abstención del magistrado Juan Carlos Campo para el conocimiento de este asunto.
Si bien la respuesta que dé el TC al TS no se podrá extender automáticamente al resto de cuestiones de inconstitucionalidad y recursos que puedan llegar, porque el contenido impugnado y los argumentos expuestos pueden variar, lo cierto es que marcará el camino.
Una vez que se resuelvan las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por por el Supremo, será el turno de los recursos de inconstitucionalidad.
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