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Entra en vigor mañana en Cataluña la Ley de medidas urgentes en materia de alquiler

Entra en vigor mañana la Ley 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda, que a su vez modifica la Ley 18/2007, la Ley 24/2015 y la Ley 4/2016, relativas a la protección del derecho a la vivienda. El texto pretende regular el precio del alquiler en aquellas zonas tensionadas por los altos precios. 

El preámbulo de la ley destaca como la demanda del alquiler ha crecido sustancialmente en Cataluña tras la salida de la crisis financiera internacional y la progresiva recuperación económica. En los últimos años, sobre todo en las áreas de Barcelona y cercanías, el precio del alquiler ha sufrido una fuerte escalada, motivada por el auge de los pisos turísticos, la inversión Internacional y otros usos no habitacionales de las viviendas que había en el mercado.

Esta subida, indica el texto de la Ley, dificulta el acceso a una vivienda. Además, la situación provocada por el Covid-19 ha agravado el problema en aquellos colectivos ya antes vulnerables en esta situación, como los jóvenes y las familias con bajos ingresos. 

La Ley que entra en vigor ahora, velará por el control del acceso a la vivienda en zonas donde el precio se había disparado con una serie de medidas. 

Mercado tensionado

El texto considera como “mercado tensionado” aquellas zonas de Catalunya donde se cumplan estas tres premisas: los arrendatarios dedican más del 30% de su salario a pagar el alquiler, el precio del alquiler ha subido en los últimos cinco años más de 3 puntos por encima del IPC catalán y que el alquiler de la zona haya experimentado “un crecimiento sostenido claramente superior” a la media de Catalunya

La competencia para declarar que una zona se puede denominar tensionada corresponderá al departamento de la Generalitat competente en materia de vivienda; en el caso de la ciudad de Barcelona, a su ayuntamiento y en el conjunto de municipios del Área metropolitana podrán solicitarlo por iniciativa propia, mediante un acuerdo del Consejo Metropolitano.

Delimitación el precio del alquiler

En las zonas denominadas como tensionadas, se establecen dos límites al precio: el precio de referencia para el alquiler de una vivienda de características análogasde la misma zona urbana y “la renta consignada en el último contrato de arrendamiento” que no podrá superarse. Cuando el arrendador y el arrendatario sean parientes, se podrán exceptuar estas normas. 

El índice de referencia para el precio, según indica la ley, lo establece “el departamento competente en materia de vivienda, a partir de los datos que constan en el Registro de fianzas de alquiler de fincas urbanas y de las características adicionales que se tienen en cuenta para calcular dicho índice en cada momento”.

Formalización del contrato de alquiler

La norma indica que cuando se realice la formalización del contrato de alquiler en una zona considerada tensa, se aportará un documento con la indexación del precio del alquiler, que contendrá su valor correspondiente a una vivienda análoga a la arrendada “expresado en euros por metro cuadrado, especificando los márgenes de precio inferior y superior”

El arrendador de la vivienda, sin embargo, puede proponer un incremento de la renta inicial respecto al precio de referencia” en concepto de obras de mejora que haya llevado a cabo en el último año, para mejorar “su habitabilidad, seguridad, confortabilidad o eficiencia energética”. Estos incrementos estarán regulados por un índice de referencia que “debe calcularse basándose en el capital invertido en la mejora de la vivienda, según lo determinado por la normativa vigente de arrendamientos urbanos, y respetando en cualquier caso el incremento máximo”, que no podrá superar en ningún momento el 5%.

La ley afectará a cerca de 60 municipios catalanes de las cuatro provincias de la comunidad autónoma, si bien la mayoría de municipios afectados están en Barcelona y su zona metropolitana. 

Consulta el texto íntegro de la Ley 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda.

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