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Se suspende la obligación de presentar certificado covid en bares, hoteles y espacios culturales en Canarias

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha acordado suspender cautelarmente varias de las medidas adoptadas por el Gobierno de Canarias contra la pandemia el pasado 26 de julio, entre otras el cierre total de la actividad comercial entre las 00.00 y las 06.00 horas en las islas en nivel 4 y la exigencia de certificado de vacunación completa covid o prueba de infección negativa para el acceso al interior de locales de hostelería, hotelería y otros establecimientos como gimnasios, cines , teatros, auditorios y espacios culturales. 

Vulnera los derechos fundamentales

La Sala estima cautelarmente que la exigencia del dato para acceder a los locales vulnera derechos fundamentales y entiende que los hosteleros no pueden ser habilitados como “controladores de la salud pública”. De este modo, El Tribunal  ha estimado las medidas cautelares  solicitadas por el Círculo de Empresarios y Profesionales del Sur de Tenerife y por la Asociación Hostelería Unida Tenerife (HUT) y ha apreciado una posible lesión de derechos fundamentales en las medidas contra la propagación del covid 1.6; 3.2;3.7 y 3.13.2 del anexo de la resolución de 23 de julio de 2021 publicada en el Boletín Oficial de Canarias el pasado 26 de julio.

El Tribunal entiende que los hosteleros, que no tienen obligación de enseñar a sus clientes sus certificados covid porque la vacunación no es obligatoria, “son habilitados por la medida en controladores de la salud pública, pasando a invadir el campo del derecho a la intimidad personal” protegido por la Constitución. 

Carácter confidencial de los datos de salud

Recuerda además la Sala que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha “insistido” en la importancia que para la vida privada poseen los datos de salud, “señalando que el respecto al carácter confidencial de la información sobre la salud constituye un principio esencial del sistema jurídico de todos los Estados parte en la Convención”. 

La medida es por tanto cautelarísima, el propio auto da tres días hábiles de plazo al Gobierno de Canarias para que haga sus alegaciones respecto al mantenimiento, modificación o revocación de lo acordado. La semana que viene, pues, la Sala resolverá si mantiene sus actuales decisiones o las modifica a la vista de los argumentos de los servicios jurídicos del Ejecutivo autonómico. 

Fuente: poder Judicial

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