Blog de Actualidad de vLex

Se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales conforme a la normativa europea

El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del Real Decreto (RD) por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales. Esta nueva norma, que armoniza el ordenamiento jurídico español con la normativa europea, actualiza el contenido del RD 1373/2003, de 7 de noviembre.

Consulta el Real Decreto 307/2022, de 3 de mayo

Cuantía global por derechos devengados

El RD aprobado recoge que la cuantía global por derechos devengados por un procurador de los tribunales en un mismo asunto, actuación o proceso, no podrá exceder de 75.000 euros. Además, el sistema arancelario que rija los derechos de los procuradores no podrá fijar límites mínimos para las cantidades devengadas en relación con las distintas actuaciones profesionales realizadas. Por otra parte, el Ministerio de Justicia está revisando conjuntamente con el Consejo General de Procuradores de España la cuantía máxima de los aranceles, que no se revisa desde 2003.

Del mismo modo, excepcionalmente, y sometido a justificación y autorización del juez, se podrá superar el límite anteriormente señalado para remunerar justa y adecuadamente los servicios profesionales realizados por el procurador de manera extraordinaria.

El nuevo RD se articula a partir de la negociación del precio de prestación del servicio entre el procurador de los tribunales y su cliente, en un entorno libre de competencia, sin perjuicio de la existencia de un arancel máximo que sirva de protección al consumidor y de la obligatoriedad de presentar, por parte del procurador de los tribunales a su cliente, un presupuesto previo.

El CGPJ aprobó el informe

Recordemos que, con anterioridad, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial ya había aprobado por unanimidad el informe al proyecto de Real Decreto que modifica el Real Decreto 1373/2003 por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales, que fija un máximo de 75.000 euros como cuantía global de los derechos devengados por un procurador en un mismo asunto, estableciendo, además, que el sistema arancelario de la procura no podrá fijar un límite mínimo. Ver noticia en el Blog vLex

Fuente: Ministerio de Justicia

Your Header Sidebar area is currently empty. Hurry up and add some widgets.

VLEX NETWORKS utiliza Cookies propias y de terceros para mejorar tu experiencia como usuario, captar datos estadísticos y mostrarte publicidad relacionada con tus preferencias mediante el análisis de tus datos de navegación. Para seguir navegando, acepta el uso de cookies en base a tus preferencias. Consulta aquí nuestra política de Cookies.
Política de Privacidad y de Protección de Datos Personales.

ACEPTAR
Aviso de cookies