La Unión Europea implementará a partir del 12 de octubre de 2025 el Sistema de Entradas y Salidas («EES», por sus siglas en inglés), una plataforma digital destinada a registrar electrónicamente los movimientos de nacionales de terceros países en las fronteras exteriores del espacio Schengen, sustituyendo progresivamente el sellado manual de pasaportes por un sistema automatizado que recopilará datos biométricos y de viaje. Esta medida supone una transformación significativa en la gestión migratoria y la seguridad fronteriza de los Estados miembros.
El nuevo sistema afectará a los viajeros que no posean la nacionalidad de un país de la Unión Europea (en adelante, «UE») ni de Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza, y que realicen estancias de corta duración (definidas como aquellas que no superen los 90 días en un periodo de 180 días). Tanto quienes requieran visado como quienes estén exentos deberán someterse a este control, salvo las excepciones expresamente previstas en la normativa europea. El sistema se aplicará en todos los países que forman parte del espacio Schengen, así como en otros Estados asociados, y su despliegue será gradual hasta alcanzar la plena operatividad el 10 de abril de 2026.
El objetivo principal del EES es modernizar y agilizar los controles fronterizos, permitiendo una gestión más eficiente de los flujos migratorios y facilitando el tránsito de viajeros mediante opciones de autoservicio y la posibilidad de aportar información previa al cruce de frontera. Además, el sistema reforzará la capacidad de las autoridades para detectar riesgos de seguridad (facilitando a los cuerpos policiales información relevante para la prevención de delitos graves y la lucha contra el terrorismo), combatir la migración irregular y prevenir el uso de identidades falsas o el abuso de exenciones de visado.
El EES no será de aplicación a ciudadanos de la UE, ni a nacionales de Chipre e Irlanda, ni a titulares de permisos de residencia o visados de larga duración. También quedan excluidos determinados colectivos, como diplomáticos, miembros de fuerzas armadas en misión oficial, titulares de permisos de tráfico fronterizo menor y tripulaciones ferroviarias en trayectos internacionales, entre otros supuestos recogidos en la normativa.
La implantación del EES será progresiva y se prevé que esté plenamente operativa en todos los pasos fronterizos exteriores de los Estados miembros a más tardar el 10 de abril de 2026. Esta iniciativa se enmarca en la estrategia europea de refuerzo de la seguridad y la eficiencia migratoria, adaptando los controles a los retos tecnológicos y de movilidad actuales.
Documentos relacionados
Prácticos
- Espacio Europeo de libertad, seguridad y justicia. Práctico de Derecho de la Unión Europea (Septiembre 2025). Escrito por Carmen Pérez González (Catedrática de Derecho Internacional público y relaciones internacionales).
- Política inmigratoria. Práctico de Extranjería (Junio 2025). Autor vLex.
- Régimen jurídico general de la extranjería. Fuentes. Práctico de Extranjería (Junio 2025). Autor vLex.
Artículos Doctrinales
- Control fronterizo y Derechos Humanos. La sustitución de los procedimientos de extranjería por la coacción directa a raíz de la crisis migratoria. La irradiación de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Publicado en 2024. Escrito por Xabier Arzoz Santisteban. Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)
Noticias
- La conservación no anonimizada de los datos de los pasajeros solo se justifica frente a una amenaza grave. Blog de actualidad vLex
Legislación
- Reglamento (UE) 2017/2226 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2017, por el que se establece un Sistema de Entradas y Salidas (SES) para registrar los datos de entrada y salida y de denegación de entrada relativos a nacionales de terceros países que crucen las fronteras exteriores de los Estados miembros, se determinan las condiciones de acceso al SES con fines policiales y se modifican el Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen y los Reglamentos (CE) n.o 767/2008 y (UE) n.o 1077/2011
- Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen)
- Reglamento (UE) 2025/1534 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2025,, sobre excepciones temporales a determinadas disposiciones de los Reglamentos (UE) 2017/2226 y (UE) 2016/399 en lo que respecta a la entrada en funcionamiento progresiva del Sistema de Entradas y Salidas