Hoy se ha publicado en el BOE la Ley de Jurisdicción Voluntaria, 15/2015 de 2 de julio.
Esta ley persigue la modernización del sistema positivo de tutela del Derecho Privado. Se pretende dar mayor coherencia sistemática y racionalidad a nuestro ordenamiento jurídico procesal. Con estas palabras lo indica el Preámbulo de la Ley;
«la Ley de la Jurisdicción Voluntaria no se justifica sólo como un elemento más dentro de un plan de racionalización de nuestro ordenamiento procesal civil. Tampoco como un simple cauce de homologación legislativa con otras naciones. La Ley de la Jurisdicción Voluntaria debe ser destacada, además, como contribución singular a la modernización de un sector de nuestro Derecho que no ha merecido tan detenida atención por el legislador o los autores como otros ámbitos de la actividad judicial, pero en el que están en juego intereses de gran relevancia dentro de la esfera personal y patrimonial de las personas.»
Esta Ley da respuesta a la necesidad imperante de una ordenación legal, adecuada, razonable y realista de la jurisdicción voluntaria, ofrece a los ciudadanos medios efectivos y directos que facilitan la obtención de determinados efectos jurídicos de manera rápida y con todas las garantías.
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