El 29 de abril se dieron cita en el Ilustre Colegio de Abogados de Castellón distintos expertos en la materia para debatir sobre la correcta aplicación de la Ley Usura de 1908 en el tema de las tarjetas Revolving, incluyendo el análisis de la Sentencia del TS de 4 de marzo de 2020y comentarios acerca del Auto del TJUE de 25 de marzo de 2021.
Manuel Eugenio Mata Pastor, Decano del ICACS, fue el encargado de presentar esta jornada, surgida en el marco del reciente acuerdo entre vLex y el Colegio de Abogados de Castellón.
Bajo el título “Crédito Revolving: Ley de Usura VS control de Transparencia”, Francisco Javier Orduña Moreno, Ex. Magistrado del Tribunal Supremo Sala Civil y Catedrático de Derecho Civil por la Universitat de Valencia, trató el tema desde un punto de vista metodológico. Según afirmó “trata los conceptos de usura y abusividad a través del método, la ciencia jurídica, que atiende a los parámetros del saber y la perspectiva de dirección”. Asimismo, Orduña Moreno cautivó a los asistentes virtuales de la jornada a través de un viaje histórico-jurídico sobre la materia, afirmando que “el principio de transparencia es un auténtico principio universal y un valor transversal” y que “es necesario contextualizar y recuperar el saber jurídico, siendo las Instituciones las verdaderas garantes de las democracias para no dar pasos atrás”. Señaló también, entre otras cuestiones, que en la STS de 18 de junio de 2012, se habla por primera vez del principio de transparencia.
El segundo coloquio, centrado en el análisis de la Sentencia del TS de 4 de 4 de marzo de 2020, contó con los abogados, Jesús Sánchez García, Socio del Despacho Zahonero & Sanchez Abogados Asociados; y Cristina Vallejo Ros, Socia del despacho VPG Abogados. Ambos aportan una visión práctica del revolving y las complicaciones en los juzgados. Comenzaron la exposición con la definición de crédito renovable o revolving y señalaron sus diferencias con los créditos de consumo. Además, realizaron un exhaustivo análisis de las sentencias más relevantes en la materia y debatieron sobre la importancia de la prescriptibilidad.
Para finalizar, se realizó un análisis en profundidad del Auto del TJUE de 25 de marzo de 2021 de nuevo de la mano de Francisco Javier Orduña Moreno y Jesús Sánchez García En este caso, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ampara en la doctrina del Tribunal Supremo para anular contratos con tarjetas revolving por ser declarados como «usura» cuando superan un determinado tipo de interés, sin ir en contra de la normativa comunitaria. En este sentido, Orduña Moreno señaló que “la duda razonable no está en si una ley de 1908 es comparable o no con unas directivas comunitarias, sino que la duda está en si la interpretación de esa norma entra en colisión con las normativas en el ámbito de la UE”. Para finalizar, Jesús Sánchez remató que “esta jornada marca un hito de reivindicación de rigor jurídico”
Si quieres ver la jornada completa, puedes hacerlo a través del siguiente enlace: YouTube