Antes de dictarse la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 13 de mayo de 2014 el ejercicio del derecho a la oposición y/o cancelación de datos en internet sólo podía ejercitarse directamente frente al titular de la página web, en la que aparecían los datos que se querían cancelar. A raíz de la sentencia del TJUE de 13 de mayo de 2014, el afectado puede ejercitar directamente sus derechos frente al motor de búsqueda (Google, Yahoo, etc. ), pese a que estos tengan domicilio social fuera del territorio UE. Podríamos decir que esta sentencia, comúnmente denominada “sentencia del derecho al olvido”, ha marcado un antes y un después en el ejercicio de los derechos de cancelación y oposición de datos de carácter personal en internet.
Hoy hemos querido aproximarnos al derecho al olvido desde una vertiente práctica y plantear las tres posibles vías para solicitar, a los titulares de páginas webs o buscadores, la eliminación y/o cancelación de nuestros datos de carácter personal:
Tabla de contenidos
1.- Solicitar la eliminación de información al buscador
Una posibilidad es dirigirnos directamente al buscador que indexa la información que queremos borrar y solicitárselo, esta vía se abre con la STJUE de 13 de mayo de 2014.
El buscador, una vez recibida la solicitud, desindexará la información del ciudadano; siempre y cuando dicha información no sea de interés general, en cuyo caso es evaluará si relamente la información es de interés público o no y el buscador podrá negarse a desindexar la información.
En el caso de Google es el propio buscador el que facilita un formulario estandarizado para solicitar la desindexación del motor de búsqueda. Requisitos para solicitarla:
- Copia digital del DNI o documento de identificación del afectado que ejerce el derecho, y también de su autorizado si no lo ejerciera él personalmente.
- Nombre completo del titular de los datos que solicita que se retiren.
- Cada uno de los resultados de búsqueda que aparecen al incluir los datos personales de búsqueda, se requiere una justificación sobre si la URL indexa los datos del titular referidos a él, así como una motivación sobre si el resultado de búsqueda resulta irrelevante, obsoleto o inaceptable.
El motor de búsqueda, una vez cumplimentado y presentado el formulario, podrá evaluar y ponderar el ejercicio de la cancelación u oposición; y deindexar o no la información solicitada en el plazo de 10 días.
2.- Solicitar la eliminación de información a la fuente
Hasta el pasado 13 de mayo de 2014, las personas que querían que sus datos fuesen borrados de Internet debían dirigirse directamente a la página web dónde estaban publicados éstos. Tras la sentencia, los usuarios ya pueden dirigirse directamente al buscador y solicitar la eliminación de los datos.
No obstante, los ciudadanos que así lo deseen pueden instar el ejercicio de su derecho ante las fuentes de información directamente.
La solicitud debe dirigirse a la fuente de información (página web, por ejemplo) por escrito y acompañada de una fotocopia del DNI, e identificar claramente la información sobre la que se solicita la oposición o cancelación.
Una vez ejercido el derecho al olvido, tanto en el caso de los buscadores como de las fuentes de información, estos disponen de 10 días para contestar a la solicitud. En caso de negativa o de no contestar en tiempo, se puede presentar una reclamación de tutela de derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos o acudir directamente a la vía judicial.
3. Agencia Española de Protección de Datos
La tercera vía que podemos utilizar para ejercitar los derechos de oposición y cancelación de nuestros datos de carácter personal en internet es la de la Agencia Española de Protección de Datos. Esta vía está especialmente pensada para el caso de que se nos deniegue la solicitud de ejercicio del «derecho al olvido» por las vías anteriores.
La AEPD vela por a protección de los derechos ARCO: acceso, rectificación, cancelación y oposición; que pueden ser ejercitados por cualquier ciudadano ante la Agencia Española de Protección de Datos.
El ejercicio de estos derechos se lleva a cabo a través de la presentación de una reclamación de tutela de derechos ante la AEPD que debe contener: nuestra identificación y la identificación de los infractores de nuestro derecho, así como toda aquella documentación que tengamos en relación a los datos e informaciones que queramos que se eliminen, solicitudes presentadas y respuestas, etc.
Una vez recibida la reclamación, la AEPD abrirá un expediente de instrucción y, en caso de que proceda, solicitará a la fuente: la eliminación de la información e impondrá una sanción económica al infractor.