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Anonimato en las resoluciones judiciales del TC

El Tribunal Constitucional (TC) ha manifestado el pasado 23 de julio, en el Acuerdo del Pleno, que se preservará el anonimato de los menores y personas que requieran un especial deber de tutela, de las víctimas de delitos de cuya difusión se deriven especiales perjuicios y de las personas que no estén constituidas en parte en el proceso.

anonymous-438427_640Cuando una de las partes del procedimiento crea necesario que el Tribunal no divulgue públicamente su identidad o situación personal, deberá solicitarlo ante el mismo, en el momento de formular la demanda o en el de su personación.

 

Mediante la oportuna ponderación de las circunstancias, el Tribunal accederá a tal petición, y en los casos en los que se proceda a conservar el anonimato de tales personas, se sustituirán de igual forma, los demás datos que permitan su identificación.

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