Ya puedes consultar en vLex el Acuerdo del Pleno no jurisdiccional de la Sala II, de 3 de junio de 2015, sobre el valor probatorio de las declaraciones prestadas ante la policía, que estipula que las declaraciones ante los funcionarios policiales no tienen valor probatorio.
Con estas palabras el TS declara que no cabrá la utilización de dichas declaraciones como prueba preconstituida en los términos del art. 730 LECrim.
Para per el Texto completo, haz clic en este enlace: Acuerdo del Pleno no jurisdiccional de la Sala II, de 3 de junio de 2015, sobre el valor probatorio de las declaraciones prestadas ante la policía