El Tribunal Supremo, en la STS 300/2015, confirma la validez de la transcripción de los diálogos mantenidos por una menor con un amigo a través de Tuenti, a quien le contó los abusos sexuales por parte del novio de su madre.
En esta sentencia, el Tribunal apunta lo siguiente; «es que la prueba de una comunicación bidireccional mediante cualquiera de los múltiples sistemas de mensajería instantánea debe ser abordada con todas las cautelas. La posibilidad de una manipulación de los archivos digitales mediante los que se materializa ese intercambio de ideas, forma parte de la realidad de las cosas«.
La AP de Valladolid condenó a 5 años y un día de prisión a la pareja de la madre de la menor por un delito de abusos sexuales. En la sentencia, el TS rechaza el recurso de casación interpuesto por el condenado en el que, entre otros, puso en duda la autenticidad de las conversaciones mantenidas por Tuenti, aportadas como prueba, alegando que las podrían haber modificado.