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El Tribunal Supremo resolverá si las ‘mobile homes’ requieren licencia urbanística para su instalación

La Sala de Admisión del Tribunal Supremo ha acordado admitir a trámite el recurso que presentó un camping de Tarragona contra una sentencia del TSJ de Cataluña que avaló la decisión del ayuntamiento de esa ciudad de denegar la instalación de casas móviles (las llamadas “mobile homes”) en el camping al considerar que se trataba de uso de suelo y por tanto sujeto a licencia urbanística previa.

En su sentencia el TSJ argumentaba que el hecho de que las “mobile homes” dispongan de ruedas no altera que existe una ocupación de terreno en un camping que comporta uso de suelo que está sujeto a licencia urbanística previa.

Frente a la sentencia del TSJ, el camping alega en su recurso que este tipo de casas móviles se incluyen en la categoría de remolques, en tanto que son vehículos habitables de recreo que no necesitan licencia urbanística previa de los ayuntamientos.

La Sección considera que la parte recurrente ha realizado el imprescindible esfuerzo argumental, con singular referencia al caso, en relación a la concurrencia del interés casacional objetivo invocado en el escrito de preparación del recurso, particularmente en relación con los supuestos previstos en el artículo 88, apartados 2.c) y 3.a) de la LJCA, teniendo en cuenta que la solución que se adopte puede afectar a un gran número de situaciones, dada la progresiva utilización de las “mobile home”, y la ausencia de jurisprudencia al respecto.

El alto tribunal entiende que debe pronunciarse sobre la cuestión controvertida “dada su incidencia en el régimen urbanístico de la propiedad del suelo y el control de la utilización de éste por la administración competente, a lo que se une la novedad que representa la aparición de las “mobile homes” o “casas móviles”.

La sección de admisión acuerda que admitir el recurso de casación, determina que las cuestiones planteadas en el recurso que presentan interés casacional objetivo para la fijación de doctrina sobre esta materia consisten en determinar la naturaleza de las denominadas “mobile home” o casas móviles en cuanto a la exigibilidad de licencia urbanística por uso del suelo, y determinar si la licencia de actividad de camping ampara también la instalación de las casas móviles o “mobile home”.

Además identifica como normas que, en principio, serán objeto de interpretación, sin perjuicio de que la sentencia pudiera extenderse a otras si así lo exigiere el debate finalmente trabado en el recurso serán el artículo 11.3 y 4.c) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, en relación con el Anexo II del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.

Fuente: Oficina de Prensa Tribunal Supremo

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