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El Congreso da el primer paso para derogar el plazo máximo previsto para la instrucción en la Ley de Enjuiciamiento Criminal

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado, con 269 votos a favor, 0 en contra y 69 abstenciones, la toma en consideración, primer paso de la tramitación de una iniciativa legislativa, de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, impulsada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos – En Comú Podem – Galicia en Común, para derogar el plazo máximo previsto para la fase de instrucción.

Una vez superado este debate, los grupos parlamentarios podrán presentar enmiendas a la totalidad y al articulado de la proposición de ley. En caso de que se presente alguna enmienda de texto alternativo, este deberá ser debatido en Pleno, en un debate de totalidad, y si no es el caso la iniciativa será remitida a la Comisión de Justicia, cuyos miembros debatirán y votarán las enmiendas parciales.

En su exposición de motivos, el grupo proponente explica que la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales, que entró en vigor el pasado día 6 de diciembre de 2015, introdujo en su artículo único, apartado 6, una modificación del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, limitando la duración de la fase de instrucción de los procesos, al establecer un plazo general de seis meses y uno especial de dieciocho meses para las investigaciones expresamente declaradas complejas.

«Se trata de una norma general con numerosas excepciones, y con un complicado régimen jurídico que hasta la Fiscal General del Estado en su Circular 5/2015 sobre los plazos máximos de la fase de instrucción, afirma que «plantea zonas de penumbra». Nos encontramos una vez más con uno de esos supuestos en que el legislador dice perseguir un objetivo, siempre loable, que es el que expresa formalmente en el preámbulo de la disposición«, argumenta. «Pero materialmente el efecto que se consigue es otro, al aplicarse la ley en el mundo real, en este caso en las circunstancias en que se desarrolla el servicio público de la administración de justicia y la labor del poder judicial«.

Para Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, «acortar los plazos de investigación sin incrementar los medios, en la situación real de la administración de justicia, en la práctica equivale a introducir serias dificultades para que la investigación de delitos se complete en los plazos previstos. Ello tendrá especial incidencia en las instrucciones más complejas, como suelen ser las de los grandes delitos patrimoniales, de defraudación y de corrupción, y la criminalidad organizada«.

Por ello, propone derogar el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en la que se establece este plazo máximo y aplicar esta reforma a todos los procedimientos que se hallen en tramitación cuando entre en vigor la misma.

Fuente de la noticia: Congreso de los Diputados

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