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Derechos y obligaciones de los propietarios de viviendas en alquiler

Todos los propietarios de viviendas en alquiler gozan de unos derechos y obligaciones legalmente regulados. En este post vamos a intentar resolver algunas dudas en relación a estos derechos y obligaciones.

DERECHOS

A) Establecer la renta y las condiciones del contrato
El propietario tiene derecho a fijar la cuota de la renta mensual y una fianza. Además, éste puede establecer determinadas condiciones en relación a la duración del contrato, actualizaciones, posibles indemnizaciones,…
Ver modelo de contrato de arrendamiento

B) Rebaja en el precio del alquiler a cambio de mejoras en la vivienda
El arrendatario puede realizar obras de mejora en el piso, siempre que no afecten a la estabilidad o seguridad de la vivienda y que tenga permiso del arrendador.
Por el contrario, si las obras no se realizan bajo los términos del pacto o se realizan sin permiso, el arrendador podrá exigir al arrendatario la finalización del contrato de alquiler y además la vuelta de la vivienda al estado inicial (sin indemnización).

C) Recuperar la vivienda
El arrendador puede reclamar el inmueble si se quiere usar como vivienda habitual, sólo en casos de extrema urgencia, para sí mismo o para familiares de primer grado o para su cónyuge en caso de separación, divorcio o nulidad.
Ver ficha «Derechos de los propietarios de bienes inmuebles»

D) Desahuciar al inquilino en caso de impago
En caso de impago, el propietario está legalmente facultado para solicitar el desahucio de un inquilino moroso.
Ver formulario de demanda de juicio verbal acumulando acción de desahucio por falta de pago de la renta y reclamación de rentas

E) Solicitar una compensación por finalizar antes de tiempo el contrato
En el caso de que el arrendatario abandone el inmueble antes de finalizar el contrato, el propietario del mismo tiene derecho a reclamar la cantidad equivalente a una mensualidad de la renta por cada año que falte por cumplir, siempre que se haya establecido así en el contrato de alquiler.
Ver artículo doctrinal Revista Consumo y Empresa

F) Pérdida de la fianza
Si el inmueble ha sido dañado por un mal uso imputable al inquilino, el propietario podrá reclamar la parte proporcional de la fianza.
Los daños deben ser demostrados, de manera que siempre se recomienda tomar fotografías del antes y el después del inmueble.
Ver ficha «Fianza: reglas generales»

 

OBLIGACIONES

A) Devolver la fianza
Una vez finalizado el contrato, y si no hay daños en el inmueble, el propietario ingresará la cantidad correspondiente a la fianza abonada, al inicio del contrato, al inquilino; como tarde un mes después de la devolución de las llaves, en caso contrario, el arrendatario podría reclamar intereses.
Ver modelo de demanda de reclamación de devolución de fianza.

B) Mantener el contrato de alquiler pese al cambio de propietario
Si la propiedad se vende, con el contrato de alquiler en vigor, el nuevo propietario tiene la obligación de mantener el contrato de arrendamiento con los mismos derechos y obligaciones que tenían hasta ese momento.
En caso de que el nuevo propietario quiera hacer uso de la vivienda, el inquilino podrá exigir que durante tres meses se le deje continuar en el inmueble y podrá reclamar al vendedor una indemnización por daños y perjuicios. 

C) Hacer reformas en caso de discapacidad
Si el arrendatario, el cónyuge de éste o familiares que conviven de forma permanente en el inmueble tuviesen algún tipo de discapacidad que obligara a realizar obras de adaptabilidad en el interior de la vivienda, el arrendador deberá permitir estas obras siempre y cuando no afecten a elementos o servicios comunes del edificio. Finalizado el contrato, el propietario podrá exigir que el inmueble vuelva a su estado original.
Ver ficha «Derechos y obligaciones de los propietarios de bienes inmuebles»

D) Estar al corriente en el pago de impuestos y tasas
El arrendatario será quien se encargue del pago de las facturas correspondientes a suministros.
Impuestos como el IBI y las tasas de basura o el seguro del hogar irán a cargo del arrendador.

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